A partir del lunes, 21 de abril, se iniciará la devolución de dinero a los clientes del Banco Amibank S. A., informó la Corporación del Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados (Cosede).

En marzo pasado, la Superintendencia de Bancos anunció la suspensión de operaciones de Amibank por incumplimiento reiterado de normativas financieras y de solvencia: deficiencias en su gestión administrativa y en sus estructuras financieras, provocando “un deterioro significativo de sus indicadores”, y aclaró que se trata de un caso “muy aislado”.

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Tras ello, la Superintendencia en coordinación con la Cosede desarrolló un plan estructurado para la devolución de los fondos.

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El 15 de abril, la Cosede informó que el liquidador entregó la base de datos de beneficiarios, en la cual consta un total de 31.621 a nivel nacional, lo que representa el pago por el seguro de depósitos de $ 24′208.307,05 y debido que se trata de un banco, cada cliente tendrá una cobertura máxima de hasta $ 32.000.

El liquidador entregó el listado de los clientes el 11 de abril y tras ello fue emitida la Resolución del Pago del Seguro de Depósitos el lunes 14 de abril, con lo cual se establece el inicio de los pagos a partir del lunes 21 a través de la cooperativas de ahorro y crédito:

  • Juventud Ecuatoriana Progresista (JEP) a nivel nacional
  • 29 de Octubre para la provincia de Carchi

Según la Cosede, los agentes pagadores están en capacidad de ofrecer el pago en efectivo, transferencia bancaria, cheque certificado de gerencia o la posibilidad de apertura de una cuenta, según la decisión de cada cliente.

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Para el cobro de los valores correspondientes, depositantes tendrán que presentar la cédula de identidad vigente y una copia legible de esta en las ventanillas asignadas. Asimismo, establecieron un cronograma de pago establecido por fechas, conforme al último dígito de su cédula.

Último dígito de la cédula (personas naturales)Única convocatoria
121 de abril
222 de abril
323 de abril
424 de abril
525 de abril
628 de abril
729 de abril
830 de abril
91 de mayo
0 (además, pasaportes y personas jurídicas)5 de mayo

Y a partir del 6 de mayo del 2025, los beneficiarios podrán cobrar sin restricción del último dígito de su cédula. (I)